Solicitantes con lazos en Suecia no necesitan "hacer frontera".*

 

 Por: Alexis Gainza Solenzal. Solenzal@hotmail.com
 De la redacción de "Cuba Nuestra" en Estocolmo.

A modo de introducción: Nuevos núcleos familiares

Un número desconocido de cubanos demandantes de asilo —nadie puede hoy dar una cifra exacta**, acaso un poco más de 300,— ha vivido (y viven aún) hace ya tres-cuatro años con un futuro incierto. Es el vestigio de lo que pudo ser una próspera y enriquecedora comunidad que ha desangrado, ora a grandes, ora a cortos brotes motivados por una cruel política de asilo. Sobres las cabezas de muchos de nuestros compatriotas continúa pesando la posibilidad de deportación a la isla de la que huyeron, esa pendiente espada de Damocles causante de profundos e inenarrables sufrimientos.

Es totalmente comprensible que en el lapzo señalado muchos de nuestros compatriotas hayan formado núcleos familiares en el país "receptor". Unos lo han hecho con ciudadanos suecos, mientras que otros con ciudadanos de otras nacionalidades radicados en este país. No pocos de esos nuevos lazos matrimoniales dejan tras de sí la trágica experiencia de la ruptura con una familia en nuestro país de origen: hijos, esposas y esposos abandonados en la retaguardia, ya sea temporalmente o para siempre. Consecuencia inmediata y, acaso la más espantosa, de los imprevistos obstáculos en el estrecho sendero del exilio, de lo cual queda mucho por escribir.

No ha sido tampoco fácil, sin embargo, para las nuevas parejas y familias hechar raices en el habitat nórdico. Una de las dificultantes radica en la propia Ley de Extranjería de Suecia. Según el capítulo 2, inciso 5 de la mísma, "un extranjero que quiera tener permiso de residencia en Suecia debe haber recibido tal permiso antes de la entrada al país. Una solicitud de permiso de residencia no se puede aprobar después de la entrada". Aquí se excluye, por supuesto, entre otras categorías, al extranjero con derecho al asilo en Suecia; al extranjero que por causas humanitarias deba asentarse aquí; así como los caso donde existan causas especiales (3). Esta fue la causante de que algunos de nuestros compatriotas con lazos en este Reino decidieran (o se les obligara) regresar a Cuba —cuando ésta aún acogía a los ciudadanos cubanos varados en Suecia— para desde allí solicitar el debido permiso de residencia por motivos de reunificación familiar, doblegandose nuevamente a los caprichos del régimen imperante en la Isla. Otros, —los más comprometidos políticamente, de arraigados principios o con fundados temores de represión política— decidieron, sin embargo, no hacer uso de tal posibilidad y eligieron desde entonces un tercer país o, simplemente, apostaron por la espera "fecunda" en Suecia.

Según afirmación de Pierre Schorí, actual Ministro de Inmigración, en misiva dirigida a la publicación "Cuba Nuestra", el gobierno cubano no recibe desde marzo de 1996 a sus ciudadanos varados en este país, algo que se contrapone a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, (4) de la cual Cuba es parte firmante. Estando las puertas de la Isla cerradas, muchos compatriotas han sido obligados a vivir temporalmente en otros paises, mientras que sus solicitudes de reunificación familiar son estudiadas por las pertinentes autoridades vikingas. Significativo agravante es que el país elegido para trasnochar las tribulaciones burocráticas debe ser, por lo general, uno que no exiga visado para los ciudadanos cubanos, de los cuales, —nos duele constatar—, no quedan muchos en la tierra. Es por ello que nuestros coterráneos han viajado a "hacer frontera" (como ellos mismos denominan el fenómeno) a paises del antiguo campo socialista, muchos de los cuales mantienen aún vigente tratados de libre visado con la ínsula caribeña: Rusia, Polonia, Chequia, Eslovaquia, entre otros. Queda igualmente por registrar para los anales de la historia las peripecias de quienes se han visto obligado a emprender tan tortuosos caminos –incluido el regreso obligado a la Patria- para defender lo que parecía el inalienable derecho a la familia, a los hijos, al futuro.

Es en este contexto, descrito grosso modo, que una nueva praxis viene a favorecer a una de las categorías de cubanos demandantes en Suecia, obviandose al mismo tiempo a otras no menos necesitadas.

 

Praxis en favor de los cubanos

La nueva praxis aprobada por la Comisión de Extranjería (Utlänningsnämnden, UN) —órgano al cual los solicitantes apelan en caso de recibir rechazo a sus solicitudes por parte de la primera instansia, la Mesa Nacional de Inmigración (Statens invandrarverk, SIV),— facilitará la solicitud de permiso de residencia para los solicitantes cubanos con lazos conyugales en Suecia. La noticia se nos informó primeramente el lúnes 15 de diciembre durante conversación telefónica y encuentro personal con Pekka Johansson, Secretario Auxiliar de Prensa del actual Ministro de Inmigración Pierre Schori. Ya con anterioridad, el mencionado Ministro, adelantaba que "el gobierno estaba analizando las reglas con respecto a los solicitantes de asilo que tuviesen lazos en Suecia y la posibilidad de que éstos solicitasen su permiso de residencia sin tener que primeramente regresar a su país natal." Pierre Schori expresaba en el mismo documento su esperanza de encontrar solución a esta problemática lo más pronto posible (5).

Durante el encuentro con Pekka Johansson profundizamos sobre dicha resolución. Éste pidió que nos dirigieramos a Gunnar Soumarin, representante del departamento de información en la Comisión de Extranjería, a quien pudimos localizar tan sólo el 17 de diciembre. Dos días más tarde, el 19, este último nos hizo llegar una copia del caso que sirvió de precedente para la toma de decisión que nos ocupa. Como es costumbre en tales casos, el expediente del ciudadano cubano que se hace público por parte de las autoridades suecas es completamente anónimo, de tal manera que no se pueda identificar a la persona en cuestión.

 

Caso precedente

La presente decisión de la Comisión de Extranjería fue firmada el 13 de octubre del presente año, y trata sobre una nueva solicitud de asilo de un ciudadano cubano con relación marital en Suecia. La solicitud de este compatriota se basa principalmente, según el documento en nuestro poder, en las siguientes causas: "[el solicitante] ha intentado viajar a su país natal para desde allí solicitar su permiso de residencia basado en lazos con su esposa en Suecia. [El solicitante] ha estado en contacto con la embaja cubana [en dos ocasiones] durante 1997. Entonces se le informó que no se le otorgaría permiso de entrada a Cuba. [El solicitante] se siente deprimido y nervioso. [El solicitante] tiene desde hace mucho tiempo problemas con el sueño y toma pastillas para dormir, así como medios tranquilizadores. Su esposa no puede resolver sus pruebas en la universidad debido a que no se puede concentrar. Ellos quieren tener una familia, hijos y planificar su futuro pero no pueden, mientras tanto [el solicitante] se encuentre en esta inseguridad. [] En apoyo al dato sobre los contactos con la embajada cubana, [el solicitante] ha entregado un escrito del Inspector Criminal […], en la unidad policial de la provincia […], emitido el 19 de febrero de 1997. Del pasaporte nacional entregado se deduce que su tiempo de validez expiró en mayo de 1996. La Comisión de Extranjería ha decidido el 10 de septiembre de 1997, inhibir la ejecución de deportación. La Comisión de Extranjería había anteriormente el 17 de octubre de 1996 y el 28 de enero de 1997 rechazado las así llamadas nuevas solicitudes de permiso de residencia entregadas [por el solicitante]" (6).

Este caso precedente fue firmado por Göran Håkansson y Håkan Sandesjö, ambos jefes de la Comisión de Extranjería, así como Kerstin Nygren, ponente del expediente. Además, en la toma de decisiones particparon los miembros de la Comisión Ann-Margret Mossberg, Lennart Andersson, Anna Wibergh y Gun Axelsson.

 

¿Aceptar o no aceptar? Esa es la cuestión

Causa determinante para que se aprobara esta nueva praxis y que ésta no fuese en contra de la exigencia de humanidad estipulada en la Ley de Extranjería, fue la negativa anteriormente señalada de Cuba a aceptar a sus ciudadanos encayados en Suecia. La Comisión de Extranjería confirma este dilema: "Desde el verano de 1996 las autoridades ejecutoras [de deportaciones] han tenido problema con la ejecución de rechazos o deportaciones hacia Cuba. A la Comisión le es conocido que las autoridades cubanas no expiden permisos de entrada para algunos de sus ciudadanos si su permiso de salida ha vencido durante la estancia en Suecia. Incluso cuando el problema de la ejecución puede considerarse ser de carácter pasajero, la Comisión considera que una solución de la problemática de ejecución [de deportaciones] no se avizora por lo pronto." (7)

La prensa sueca ya ha sacado con anterioridad a relucir cómo las autoridades suecas le pagaban a la embajada cubana en Estocolmo para que esta expidiese permisos de entrada para los demandantes cubanos en camino de deportación. (8) Sobre este bochornozo acto Carlos Manuel Estefanía Aulet y quien escribe hemos relatado en otras ocasiones, así como el compatriota Enrique Avila Rodríguez (9).

También la televisión sueca, en específico su Canal 4, ha reaccionado ante hecho tan repugnante e inmoral (10). El 16 de julio de 1997 fueron invitado al sofá de las polémicas Pekka Johansson, el ya mencionado Secretario Auxiliar de Prensa de Pierre Schori, y Göran Nilsson, inspector policial en el departamento de extranjería de la policía de Nacka. El tema de la discución giraba en torno al rechazo de Cuba a recibir a sus subditos. Pekka Johansson expresó en nombre del gobierno que Suecia mantenía diferentes tipos de vías de contacto con la Habana y que se llevaba a cabo un diálogo intensivo sobre esta materia. A la insinuación de que parecía que todo eso funcionaba mal, el vocero ministerial afirmó que la sombra caía sobre el régimen cubano. Agregó que Suecia tenía buenas relaciones con Cuba, y no era actual que la asistencia a Cuba -que ese año alcanzaba los 8-10 millones de coronas-, se utilizace como medio de presión. Según su afirmación, la ayuda estaba precisamente dirigida a lograr una apertura del sistema: a las organizaciones voluntarias, de derechos humanos, estudios de economía nacional y movimientos democráticos.

Göran Nilsson por su parte repartió más equitativamente las porciones de "sombra", es decir, de culpabilidad. Pero primeramente resaltó la azaroza situación en que los cubanos demandantes se encuentran. A él le toca ver periodicamente a esos habitantes del limbo: ellos lloran, se sienten mal, estudian sueco aunque no pueden quedarse. Según Göran, algo debía ocurrir. El problema se debía discutir en las Naciones Unidas o simplemente nuestros compatriotas debían ser acogidos en Suecia. Göran Nilsson no vaciló en acusar a la Comisión de Extranjería por lo prolongado de las investigaciones de los diferentes expedientes, resaltando así los errores de la propia Suecia. Pekka Johansson insistió en influir sobre Cuba hasta que ésta tomase su responsabilidad, mostrando una visión futurista con respecto aquellos cubanos que mañana deseasen regresar a la Isla. También rechazó la insinuación del inspector policial de una amnistía para los solicitantes cubanos, afirmando que las amnistías generales creaban arbitrariedad en la política de refugio de Suecia.

Otras fuerzas en Suecia –ahora políticas- han constatado el dolor de cabeza que representa para las autoridades suecas negociar con la desadministración de La Habana. Eva Zetterberg, representante del Comité de Relaciones Exteriores en el Riksdag por el Partido de Izquierda (ex-comunista), viajó a Cuba entre el 16-26 de agosto del presente año, cumpliendo invitación del ex(!?)-partido-hermano, el Partido Comunista de Cuba (PCC). Entre los tópicos que la parlamentaria abordó con Isabel Allende, Viceministro de Relaciones Exteriores, se encontraba el problema de los refugiados. Según el informe de la visita que Eva Zetterberg nos hiciese llegar cortezmente, Isabel Allende comentó que "las relaciones con Suecia eran buenas, pero que habían dos problemas que tenían que resolverse: el problema de la deuda y el de los "refugiados" cubanos en Suecia." (11) Isabel Allende aseguró que los refugiados cubanos "tienen derecho a regresar a Cuba pero no podemos obligarlos si ellos no quieren. Este es un problema sobre el cual queremos negociar lo más pronto posible." (12)

 

¿Por qué no aceptar?

Las contradictorias afirmaciones arriba expuestas obligan a hacernos una interrogante: ¿por qué la República de Cuba se muestra renuente a acoger a sus ciudadanos? Todo parece indicar que la respuesta más asertada a la incógnita demorará en salir a la luz. Acaso cuando los archivos suecos y cubanos de los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores se abran a la pesquisa de los investigadores. Mientras tanto, nos arriesgaremos a especular sobre el tema.

A nuestro entender, las autoridades insulares están concientes que tres-cuatro años o más no han pasado sin huellas en la vida de los demandantes cubanos atrapados en el Reino sueco. A pesar de sus limitaciones económicas, sociales, políticas y culturales, determinadas por el difícil modus vivendi que afrontan, nuestros coterráneos han respirado el aire de la libertad, aunque a medias. Ellos viven (muchos simplemente existen) en una sociedad donde la libertad de expresión, prensa y reunión están garantizadas, donde los derechos civiles y humanos de los ciudadanos son respetados como no ocurre en el suelo natal. Creo los tecnocrátas cubanos cuentan con estas – para ellos, agravantes- circumstancias en caso de que un grupo de cubanos sea devuelto luego de una estancia tan prolongada en el flotante exilio.

La experiencia del caso de Roberto González Tibanear sienta importante precedente en el actuar y proceder de los gobernantes antillanos. ¿Qué pasaría si diez deportados de Suecia mostrasen la valentía que este primero tuvo al denunciar a la dictadura castrista ante las cámaras de la televisión española? Costoso sería –no en el plano económico, porque en éste no pone reparos la dictadura, sino en el político- para los dueños del Archipielago hechar a las masmorras castristas a diez de nuestros compatriotas deportados. El "prestigio" de la tiranía se deterioraría mucho más en la arena internacional y, en particular, ante los ojos de quienes en Suecia idolatraron alguna vez al "enciclopedista" Castro. Me arriesgo a afirmar que Cuba le pide por señas a su amiga Suecia: "¡Acoja, por favor, a mis ciudadanos! ¡Demos por terminado, de una vez por toda, este complicado capítulo en la historia de nuestros amoríos!" ¿Le escuchará Suecia? Queda por ver.

 

Repercusión de la praxis aprobada

La resolución de la Comisión de Extranjería tiene gran siginificado para muchos cubanos en comunión con personas residentes en este país escandinavo. Para que se tenga idea que la decisión de la Comisión de Extranjería repercute fuertemente en un número relativamente significativo de nuestra "colonia", ofrecemos los siguientes datos. Durante el año 1996 se le concedió permiso para establecerse en Suecia a 210 cubanos por motivos de reunificación familiar. La estadística referente al primer semestre del presente año es más específica: a 104 ciudadanos cubanos (39 mujeres y 65 hombres) se les otorgó el permiso de residencia por motivo de reunificación familiar (13). Hasta ahora, verdad, no sabemos en cuántos de estos casos se trataba de cubanos alguna vez varados en Suecia con relaciones conyugales o de convivencia.

 

Los olvidados y los más desamparados

Peculiaridad significativa de los casos de solicitudes de permiso de residencia por reunificación familiar, es que, por lo general, originalmente el demandante ha presentado una solicitud de asilo político. En la mayoría de los casos los solicitantes que inicialmente demandaron asilo político se ven obligados a rechazar, luego de entablar relaciones matrimoniales o de convivencia en este país, la solicitud por razones políticas. Es por ello que la aludida resolución de la Comisión de Extranjería acentúa que el solicitante en cuestión no tiene necesidad de protección en Suecia, o sea, sus razones políticas iniciales no jugaron ningún papel en el trámite burocrático: "En el actual expediente no se trata de necesidad de protección seguún la Ley de Extranjería." (14)

Satisfecho estamos, por supuesto, al saber que un grupo más de compatriotas podrá finalmente establecerse en Suecia. Sin embargo, no podemos dejar de señalar que las autoridades suecas han ignorado que con ello no queda resuelta la situación de la mayoría de los cubanos demandantes, cuyas solicitudes por razones políticas siguen pendientes. Ésta categoría de individuos también merece atención especial. Sus vidas siguen corriendo el riesgo, que incluso hoy, luego de haber abandonado la cárcel castrista, Roberto González Tibanear y sus familiares afrontan.

Sin duda alguna, - ya que de categorías se trata- son los niños de matrimonios cubanos, muchos nacidos en esta tierra, los más desamparado, quienes hoy cargan a cuesta "la culpa" de sus padres que al huir eligieron vivir "sin Patria, pero sin amos". ¡Qué desdicha la de éstos vivir no tan sólo sin Patria, sino, para más, con amos! Ahora en calidad de anónimos burocrátas de impronunciables apellidos! Nuevos amos que todavían no han ganado profundidad y sensibilidad en la tragedia cubana. Esos niños y su amenazante futuro en una Cuba castrista merecen, sin embargo, un capítulo aparte.

No olvidamos en el gozo de la noticia recordarle a Pekka Johansson que abrigabamos la esperanza de que la consesión hecha para quienes mantienen lazos con Suecia, representase el preludio de una respuesta satifactoria para quienes mantienen aún vivas sus solicitudes de asilo político, así como para las familias con niños cubanos ", aquellos que aún viven "sin Patria, pero con amos".

Estocolmo, 7 de enero de 1997.

 

Notas:

* Según el capítulo 2, inciso 4, primer párrafo de la Ley de Extranjeria, el permiso de residencia se le puede dar a un extranjero que es pariente cercano a una persona establecida en Suecia, o que, de lo contrario, tiene un lazo especial con Suecia. El permiso de residencia para los parientes cercanos se le puede otorgar a esposa, esposo o conviviente; hijos menores de 20 años sólos en el país natal; padres y otros familiares que dependen grandemente de la persona establecida en Suecia, así como a las personas, la totalidad de cuyos familiares está en Suecia, los así llamados, casos de "último eslabón" (1). Sin embargo, en el presente escrito nos referiremos especificamente a las personas que poseen lazos matrimoniales o de convivencia.

** En una respuesta escrita relativa a la relación de Suecia con Cuba, Pierre Schori, Ministro de Inmigración, se arriesgó a mencionar la cifra de 280 cubanos demandantes de asilo en Suecia (2).

Referencias:

(1) Wikrén, G. y Sandesjö, H. Utlänningslagen med kommentarer. Femte upplagan. Fritzes, Göteborg 1995, p. 90. (Wikrén, G. y Sandesjö, H. La Ley de Extranjería con comentarios. Quinta edición). p. 70, 71.

(2) [Schori, Pierre] Svar på fråga 1996/97:716 om Sveriges förhållande till Kuba, 970812 (Respuesta a la pregunta 1996/97:716 sobre la relación de Suecia para con Cuba, 970812) . En: http://www.riksdagen.se/debatt/9697/frgsvar/S3400031.htm.

(3) Wikrén, G.y Sandesjö, H. Op.cit.p. 90.

(4) [Schori, Pierre] Brev till Cuba Nuestra från Sveriges biträdande utrikesminister tillika invandringsminister Pierre Schori. Versión sueca en: http://w1.853.telia.com/~u85302408/sueco11.html; traducción al español en próximo número (no. 10) de Cuba Nuestra: Carta a "Cuba Nuestra" del Viceinistro de Relaciones Exteriores, así como Ministro de Inmigración Pierre Schori.

(5) Ibidem.

(6) Utlänningsnämnden Ny ansökan om uppehållstillstånd. Beslut 19971013. (Comisión de Extranjería. Nueva solicitud de permiso de residencia. Decisión del 13 de octubre de 1997). Archivo del articulista.

(7) Ibidem.

(8) Björkman, Thomas, I ett fängelse utan väggar. Kubanerna i Sverige. (En una cárcel sin paredes. Los cubanos en Suecia. Ellos quieren quedarse pero no pueden, y Cuba no les permite regresar), en Dagens Nyheter, 19970716; Solhström, Torbjörn Kuba vägrar ta emot sina landsmän. Statslösa. Sveriges tvingas betala böter – trots det får kubanerna inte resa hem. (Cuba se niega a aceptar a sus compatriotas. Apatridas. Suecia obligada a pagar multas y apesar de eso los cubanos no pueden viajar a casa), en Dagens Nyheter, 19970715.

(9) Estefanía, Carlos Manuel."La trata de Refugiados Cubanos" Nueva Modalidad de la "colaboración" entre Suecia y el gobierno Cubano. En:. http://w1.853.telia.com/~u85302408/cubes10.htm. Otra copia ha sido insertada en la sección "Artículos de Colaboradores" de la página electrónica del Grupo de Apoyo a Concilio Cubano (GACC). La dirección hasta allí es: http://www.ccsi.com/^ams/concilio/colabora.html. Gainza Solenzal, Alexis "En una cárcel sin paredes. Los cubanos en Suecia. Ellos quieren quedarse pero no pueden, y Cuba no les permite regresar". En:. http://w1.853.telia.com/~u85302408/cubes11.htm. Con copia igualmente en: http://www.ccsi.com/~ams/concilio/97/jul/encarne.html; Avila Rodriguez, Enrrique Acción denigrante que enloda la moral sueca. En la página electrónica de la Unión de Cubanos en Suecia: http://home4.swipnet.se/~w-49809/UCS/opiniones/denigrante.html.

(10) Kanal 4, Nyhetsmorgon, 19970616. Hora: 8:16-8:24 AM. Grabación en archivo del articulista.

(11) Zetterberg, Eva y Svefgjord, Birgitta Vänsterpartiets besök på Kuba 16-26 augusti 1997 (El Partido de Izquierda de visita en Cuba entre el 16 y 26 de agosto de 1997). p. 11, Archivo del articulista.

(12) Ibidem.

(13) Statens invandrarverk, Statistik, 19970828. "Statistik första halvåret 1997". Tabell 4. Beviljade uppehållstillstånd av anhörigskäl, arbetsmarknad, gäststuderande, adoption och EES-avtalet efter medborgarskap och kön. (Mesa Nacional de Inmigración, Estadísticas, 19970828. "Estadísticas del primer semestre del 1997". Cuadro no. 4. Permisos de residencia otorgados por motivos familiares, de mercado de trabajo, estudios, adopción y tratado de la Cooperación Económica Europea según ciudadanía y sexo).

(14) Utlänningsnämnden. Op. cit.